El Contrato de gestión regula la actividad de la Agencia y las relaciones recíprocas entre la misma y la Administración General del Estado para la financiación de dicha actividad, en el marco de la legislación vigente.
El Contrato de gestión regula la actividad de la Agencia y las relaciones recíprocas entre la misma
y la Administración General del Estado para la financiación de dicha actividad, en el marco de la
legislación vigente.
Por ORDEN PRE/2650/2008, de 4 de septiembre, se aprobó el Contrato de Gestión, habiéndose
desarrollado la actuación de la Agencia, hasta entonces, en el marco de la Memoria aprobada de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley de Agencias Estatales. El Contrato tiene una
vigencia cuatrienal, abarcando en consecuencia los años 2008-09-10 y 11. El ámbito de los programas
se presenta para el escenario cuatrienal, mientras que las previsiones de plantilla de personal y
presupuestarias se detallan para un escenario temporal de dos años (2008-2009).
El Consejo Rector aprueba el Plan de Acción del año en curso en el marco del Contrato de
Gestión y sobre la base de los recursos disponibles.
El Plan de Trabajo de la Agencia, integrado en el Plan de Acción Anual, incluye las
evaluaciones de los programas y políticas públicas determinadas por el Consejo de Ministros.